Nos ponemos en contacto para compartirles la Comunicación Conjunta Nº 4/21 sobre pautas para la «Pautas para la inscripción, la evaluación y la acreditación en el Nivel Superior para el ciclo 2021» recibido por la Dirección de Formación Docente Inicial, Dirección de Educación Artística, Dirección de Educación Superiorde Formación Técnica, Dirección de Educación de Gestión Privada.
Ingreso
Hasta el 15 de septiembre de 2021 se puede recibir documentaciòn de las/los estudiantes egresados de nivel secundario, en cualquiera de sus modalidades, del ciclo lectivo 2020 que tengan materias por rendir y/o constancia de título en trámite.
Permanencia y promoción
Condición de regularidad: en el ciclo 2021 podrán conservar la regularidad la regularidad aquellas y aquellos estudiantes que hayan aprobado la cursada de al menos 1 (un) espacio curricular. La aprobación de la cursada no implica la acreditación del mismo.
Régimen de cursada y requisitos de aprobación para el ciclo 2021: se valorará la trayectoria que cada estudiante haya podido desarrollar para definir la aprobación de la cursada incluyendo el trayecto formativo complementario; asimismo no se considerará la asistencia. La fecha límite para la calificación y acreditación de la cursada 2021 será el 30 de abril del 2022.
Régimen de cursada y requisitos de aprobación para el ciclo 2021: enmarcados en el trabajo pedagógico del bienio 2020/2021, se continuará trabajando en la valoración de la trayectoria que cada estudiante desarrolle para definir la aprobación de su cursada.
Correlatividades: el régimen vigente es el que ha sido pautado por el Diseño Curricular correspondiente. Para cursar los
espacios curriculares en 2021 es condición tener aprobada/s la/s cursada/s de la/s materia/s que sea requisito indicado en cada Diseño Curricular, no se requiere la acreditación en examen final.
Validez de la cursada: no contabilizará en los años 2020 y 2021. Se aplicará el mismo criterio respecto de la validez de la Propuesta de Cátedra y para la caducidad de los Diseños Curriculares.
Equivalencias: se dejan sin efecto las fechas límite de presentación y del tratamiento de las mismas establecidos por la RES-1639/17 en su Anexo I. Podrán presentarse para el ciclo 2021 hasta 30 días posteriores a la finalización del trayecto formativo complementario del 2020.
Evaluación y acreditación
Las instituciones dejarán registro del Plan Institucional de Evaluación de los Aprendizajes reformulados dentro de los marcos normativos y las orientaciones que se han emitido desde el Nivel Central durante el ASPO y el DISPO (RESOL 1872/2020 DGCYE Anexo I Curriculum Prioritario 2020 de la Educación Superior. Formación Docente, Técnica y Artística), y a su vez constituirán una memoria de este contexto siguiendo las pautas que se enumeran a continuación:
- Para la aprobación de la cursada se considerará la evaluación y el seguimiento de la trayectoria de las y los estudiantes en el marco de la propuesta de enseñanza priorizada y enmarcada institucionalmente.
- Las y los estudiantes que hayan aprobado la cursada de una unidad curricular podrán inscribirse al examen final. Quienes no estén en condiciones de aprobar se considerarán como pendientes de aprobación y tendrán instancias de acompañamiento hasta el 30 de abril de 2022, última fecha en la que deberá definirse la cursada como APROBADA/DESAPROBADA.
- Ante el requerimiento de mesas de exámenes extraordinarias de estudiantes que hayan cursado y aprobado la totalidad de los espacios curriculares correspondientes al plan de estudios, las instituciones de nivel superior deberán arbitrar los medios para conformar mesas de examen puntuales acompañando las trayectorias de las y los estudiantes y su graduación.
- Las y los estudiantes con vinculación débil o intermitente también se considerarán como pendientes de aprobación y tendrán la posibilidad de realizar un trayecto formativo complementario. El mismo está pensado como un recorrido para quienes por dificultades sociotécnicas o por haberse incorporado tardíamente no pudieron sostener una cursada regular. El cierre del mencionado trayecto será el 30 de abril de 2022, fecha en la que deberá definirse la cursada como APROBADA/DESAPROBADA.
- Las y los estudiantes tendrán la posibilidad de acceder a la instancia de condición de libre, sin limitar el porcentaje al 30%, siempre y cuando se hallara inscripto para la cursada del espacio curricular. La propuesta de evaluación de esta instancia, deberá adecuarse a la propuesta curricular priorizada y contemplará las instancias previstas: orales y escritas. No se incluye la condición de libres en los siguientes tipos de Espacios Curriculares: Ateneos, Talleres, Seminarios, los Campos de Práctica Docente, las Prácticas Profesionalizantes, y para las materias de Formación en Producción Artística.
- De la acreditación sin examen final: cada Instituto podrá definir en el Plan de Evaluación Institucional de los Aprendizajes un sistema de acreditación sin examen final que no podrá exceder del 30% de las unidades curriculares previstas por año, fundamentando y explicitando exhaustivamente los criterios, formas y dispositivos a utilizar en estos casos, en el marco de esta comunicación. Las propuestas de las y los docentes se considerarán en el CAI, que avalará su implementación. Para la promoción de la unidad curricular, se tendrá en cuenta la evaluación y el seguimiento de la trayectoria de las y los estudiantes en el marco de la propuesta de enseñanza priorizada y enmarcada institucionalmente. Además a la evaluación del proceso durante la cursada se le sumará una instancia de evaluación en la que se definirá dicha promoción con nota numérica igual o superior a 7(siete).
- Para las prácticas docentes se establece que las experiencias y contenidos del Campo/Espacio de la Práctica que puedan desarrollarse en la virtualidad se registren, reflexionen, fundamenten y se tomen en cuenta para la acreditación, dejando solo para la extensión de la cursada 2021 (abril del 2022) aquellas situaciones que no puedan resolverse en este contexto. La cantidad de practicantes y residentes en algunos lugares e instituciones exige tomar decisiones que equilibren las mejores experiencias formativas con las condiciones excepcionales de este tiempo, todo en el marco del derecho a la educación superior y lo que ello supone también en términos del trabajo docente. Considerar para todas las Unidades Curriculares con formato práctica -incluyendo la residencia- ambas posibilidades: la de la acreditación en este contexto presencial y/o virtual y la posibilidad de posponer la acreditación hasta el 30 de abril de 2022. En este sentido cada Dirección acercara documentos específicos oportunamente.
- Las Prácticas Profesionalizantes o actividades educativas que requieran presencialidad deberán enmarcarse en el “Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para un Regreso Seguro a Clases Presenciales” (RESOC 63/20 y 10/21) y según el “Protocolo específico y recomendaciones para la realización de Prácticas en los entornos Formativos de la Educación Técnico Profesional” (Com. 2/21 DPETP), dejando habilitada la posibilidad de realizar PP virtuales externas o como Proyectos de Investigación y/o de Extensión atendiendo a las particularidades de cada familia profesional. Las PP de 3er año de la Tecnicatura Superior en Enfermería se encuentran enmarcadas en la RESOC 808/21, y todas aquéllas que por su naturaleza se desarrollan en efectores de salud tendrán en cuenta las orientaciones realizadas en la Comunicación 4/21 de la DESFT. En caso de ser necesario, la DESFT acercará documentos específicos.
Hola, buenos días. Quería saber si hay cbc en el instituto Mignone, desde ya muchas gracias.